Guatemala, 28 de marzo de 2019
Las organizaciones internacionales firmantes expresamos nuestra grave preocupación con respecto al proceso de consulta de las autoridades y comunidades del Pueblo Xinka. En los últimos meses las y los representantes del Pueblo Xinka han denunciado que contrario a lo que resolvió la Corte de Constitucionalidad en el expediente 4785-2017, no se les ha permitido participar plenamente en el proceso de definición de la zona de influencia del proyecto minero El Escobal.
Consideramos que se deben de respetar los estándares internacionales y debe prevalecer el proceso de consulta y su carácter libre, previo e informado sobre todos aquellos asuntos que afecten los Derechos de los Pueblos Indígenas como establecen el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y en concordancia con la Convención Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; a fin de que no se limite o coaccione su participación.
Manifestamos nuestra preocupación por las amenazas y acciones de intimidación contra el representante jurídico del Parlamento del Pueblo Xinka Quelvin Otoniel Jiménez Villalta, quien ha sido objeto de denuncias espurias, por exigir el saneamiento del proceso de consulta para que esté apegado estrictamente a los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas y lo ordenado por la Corte de Constitucionalidad en su resolución del expediente 4785-2017.
En nuestra calidad de organizaciones que velan por el respeto a los derechos humanos, manifestamos nuestra profunda preocupación por la desinformación, estigmatización y amenazas en contra del Pueblo Xinka y miembros de la Resistencia Pacífica de Santa Rosa, Jalapa y Jutiapa.
Como organizaciones de la comunidad internacional:
Nos solidarizamos con el Pueblo Xinka y las personas defensoras de derechos humanos de la Resistencia Pacífica de Santa Rosa, Jalapa y Jutiapa que trabajan por el cumplimiento y el respeto de derechos fundamentales.
Hacemos un llamado a las autoridades para que tomen todas las medidas necesarias para investigar las amenazas en contra del representante legal del Parlamento del Pueblo Xinka, con el fin de identificar y sancionar a las personas responsables.
Instamos al Procurador de los Derechos Humanos a que realice las gestiones en el marco de su mandato para que se garanticen los derechos de las comunidades, sobre todo el derecho a la consulta libre, previa, informada, de buena fe y culturalmente adecuada del Pueblo Xinka; a fin de que ningún proyecto sea implementado en el territorio que habitan sin contar previamente con su consentimiento libre e informado; recordando a las autoridades estatales que los pueblos indígenas tienen derecho a decidir si otorgan o no dicho consentimiento.
Llamamos a la comunidad nacional e internacional a que presten especial atención a la situación de riesgo en la que se encuentran las comunidades del Pueblo Xinka y las personas defensoras de la Resistencia de Santa Rosa, Jalapa y Jutiapa que se manifiestan pacíficamente en defensa de la vida. Asimismo, instamos a que se realicen visitas al territorio concernido con el fin de verificar la situación de las personas defensoras de derechos humanos y abogar por su protección.
A la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, solicitamos continuar observando que se cumpla con el debido proceso antes, durante y después de la consulta al Pueblo Xinka, según la resolución de la Corte de Constitucionalidad en el expediente 4785-2017, para que se garantice su carácter de buena fe.