Información relativa a la solicitud frente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en Colombia de reconocimiento de Protecction International (PI)
Información relativa a la solicitud frente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en Colombia, de reconocimiento de Protecction International (PI) con número de identificación tributaria (NIT) en Colombia 901.391.755-7, como entidad sin ánimo de lucro. Esta publicación se realiza de acuerdo con el Numeral 1 del Artículo 1.2.1.5.1.5 del Decreto 1625 del 2016.
En Colombia:
- La entidad de vigilancia y control de Protection International es la Alcaldía Mayor de Bogotá.
- La actividad meritoria de Protection International es la promoción y apoyo a los Derechos Humanos.
- El resultado fiscal a 31 de diciembre del año anterior de Protection International con NIT número 901.391.755-7 es de $ 0 COP.
- El resultado contable a 31 de diciembre del año anterior de Protection International con NIT número 901.391.755-7 es de $ 0 COP.
- El monto del beneficio o excedente neto a 31 de diciembre del año anterior de Protection International con NIT número 901.391.755-7 es de $ 0 COP.
- El monto del beneficio o excedente neto a 31 de diciembre del año anterior aprobado para reinvertir este año de Protection International con NIT número 901.391.755-7es de $ 0 COP.
- El monto del Patrimonio de constitución de Protection International con NIT número 901.391.755-7, es de $ 0 COP.
- Las ganancias ocasionales gravables al 31 de diciembre del año anterior son de $ 0 COP.
- El monto total de pagos salariales a los directivos de Protection International con NIT número 901.391.755-7 es de $ 13.000.000 COP.
- El monto total de pagos a sociedades u otras entidades por la representación legal de Protection International con NIT número 901.391.755-7es de $ 0 COP.
Documentos
Certificación para la solicitud de calificación al Régimen Tributario Especial.
Protection International – ESAL Estado de Situación Financiera inicial Al 3 de Julio de 2020
Protection International- Resolución de consejo- 18-03-2020 – 4842-4423-4167 v. 1